Precio con el cual será promocionado por EL CORREDOR.
CUARTA – REMUNERACIÓN: EL PROPIETARIO se obliga a pagar a EL CORREDOR el TRES por ciento (3 %) del valor de la venta como comisión más IVA, a CONALTURA INMOBILIARIA S.A.S con NIT 900.978.196 con los dineros recibidos del último desembolso de la celebración del negocio jurídico de la venta del inmueble. Dicha comisión debe ser consignada a la Cuenta Bancaria No. 61160993574 tipo Corriente del Banco Bancolombia cuya titular en CONALTURA INMOBILIARIA SAS.
QUINTA – OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
A. EL CORREDOR se obliga frente a EL PROPIETARIO a lo siguiente:
1. Recibir el inmueble mediante contrato de consignación.
2. Asesorar comercialmente en el precio en que esta el mercado inmobiliario, en cuanto a la ubicación y comodidades del inmueble.
3. Enviarle un informe mensual de las gestiones realizadas por EL CORREDOR, como las visitas al inmueble con las personas interesadas.
4. Hacer promoción publicitaria.
5. En el caso de firmar promesa de compraventa, EL CORREDOR será el encargado de recoger la documentación necesaria para la firma de las escrituras.
6. Acompañar al propietario en el proceso de escrituración y registro de la escritura.
B. EL PROPIETARIO se obliga frente a EL CORREDOR a lo siguiente:
1. Suministrarle la documentación e información requerida, para el desarrollo de su gestión de intermediación.
2. Facilitarle el ingreso al inmueble con las personas interesadas en negociarlo.
3. A pagarle oportunamente la comisión de corretaje previamente acordada, una vez se celebre el negocio jurídico.
SEXTA. - MÉRITO EJECUTIVO: Para los efectos legales el cobro de la remuneración causada a favor del CORREDOR y gastos que deban reembolsarse, las partes que reconocen que el presente documento prestara mérito ejecutivo, una vez nazca el derecho del CORREDOR por la intermediación en poner en relación a las partes del negocio jurídico celebrado.
SÉPTIMA – REPORTE A CENTRALES DE RIESGO: EL PROPIETARIO autoriza a EL CORREDOR a suministrar y reportar a los bancos de datos de información comercial la información sobre sus relaciones comerciales y de cartera, durante la vigencia del contrato, sus prorrogas y la cancelación de la remuneración.
ESTE NO ES UN DOCUMENTO DE EXCLUSIVIDAD